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Miguel Carbonell comentó en una de sus múltiples conferencias, que cuando él inició sus estudios de Licenciatura en Derecho, existía una clara diferencia entre el Derecho Público y el Derecho Privado. Se consideraban como los dos grandes bloques del derecho. Ahora lo público está cada vez más en lo privado, regulando y desregulando y metiéndose y entro metiéndose cada vez más en temas que deberían ser únicamente cuestiones entre los particulares.

Si bien es cierto lo que dice Carbonell es correcto, me gustaría precisar su comentario, diciendo que lo privado siempre ha estado dentro de lo público, ya que si bien la voluntad en los Contratos es la suprema ley de los mismos, y que la libertad de asociación, es prácticamente absoluta. Lo anterior, siempre y cuando se juegue dentro de los límites de la propia cancha y que para el caso significa no ir en contra del orden público o el interés social. Así, la libertad tiene su límite en que los bienes estén dentro del comercio, que los servicios prestados no sean lesivos o contrarios a los derechos humanos, que tratándose de un crédito no exista usura. Estas son algunas situaciones en donde lo público regula o desregula a lo privado.

La tecnología tiene una tendencia desreguladora, también la constitucionalización de las materias privadas tienden a regular y entrometerse en lo privado. Creo que este es el punto para lograr el equilibrio, ya que cada vez más las relaciones entre los particulares tienen más intervención estatal, pero cada vez más es más difícil por la propia tecnología.

¿Qué sucede sobre la participación de las mujeres en los Consejos de Administración? ¿Debería ser obligatoria la participación de las mujeres en los consejos de administración? independientemente de que la sociedad sea exclusivamente privada? ¿No atenta contra la libertad contractual?

¿Esto debería de estar dentro del ámbito del Derecho Público o también dentro del ámbito del Derecho Privado? Ronald Dworkin nos habla sobre la discriminación Inversa, en su libro, titulado “Los Derechos en Serio” y suena en principio interesante y convincente su punto de vista, sobre el hecho de que es necesario la inclusión de las minorías y de ambos géneros en toda participación de sociedades, empresas, considerando un bien mayor, tal y como se comentaba en su libro, en donde por ejemplo, Harvard aplica diferentes criterios de admisión considerando si son mayorías o minorías y no les impone las mismas exigencias a las minorías, ya que es en beneficio de las mismas, de los compañeros de clase y que todo esto en su conjunto será en beneficio de la sociedad.

 

 

Por un bien mayor, Harvard admite con criterios diferentes a las distintas minorías contrastadas por la mayoría blanca, ya que como consecuencia se aportarán puntos de vistas diferentes. Nos dice que, en el caso de las personas de color, podrían hablar sobre las vejaciones sufridas, sobre la violaciones sistemáticas de sus derechos civiles y que pudieran analizarse en clase, discutirse y que además, tendrían también abogados de color que estuvieran mejor preparados y que con su ejemplo marcaran el rumbo de otras generaciones. ¿Quién no puede estar de acuerdo con Dworkin? Es difícil no estarlo, sin embargo, no creo que su teoría alcance al tema privado. Qué sucede con aquel empresario que juntó sus ahorros durante años para poner su negocio y que apenas está logrando lo necesario para subsistir y que del éxito de su negocio depende sacar adelante a su familia. ¿Le preguntamos si en verdad considera que por un bien mayor sacrificaría a su propia familia? ¿Su responsabilidad inicial no será con su familia y sus empleados? ¿Se debería permitir la inclusión forzosa de personas externas, independientemente de su género?

No obstante, mi opinión es diferente cuando la empresa, aunque sea privada, cotiza sus acciones en la bolsa de valores, dado que aquí, si es necesario considerar a todos los géneros, minorías y mayorías representadas en los accionistas.

Como conclusión, estoy convencido de la libertad contractual, pero deben existir límites, como comentaba de los jugadores, que solo pueden jugar en el terreno de la cancha, o dentro de un marco de derecho. Consecuentemente si me parece que es importante la regulación de las empresas privadas que cotizan en la bolsa y dejar sin imposición de reglas del ámbito público a las empresas privadas, ya que de lo contrario, vamos a llegar a la exageración que mencionaba nuestro Presidente López Obrador en una de sus mañaneras, en donde comentaba que los despachos de abogados deberían de ser más cercanos a la sociedad, que se deberían de dar más asesorías gratuitas y que le resultaba increíble que hubiese despachos que cobrarán tan caro y en dólares y que él presentaría una reforma para el servicio gratuito de los abogados. Ya no entendí si era para engrandecer la defensoría Pública o si también los abogados privados estamos en la jugada. Estoy de acuerdo en ayudar, pero la ayuda siempre debe surgir de la voluntad, ya que de otra manera es una imposición.

Lo Privado déjenlo privado.